CARACTERÍSTICAS

Existen FICs creados para apoyar al sector exportador, manufacturero, microfinanciero o al sector de las Pymes. Estos fondos conforman una cartera de inversión compuesta por valores de oferta pública (valores que son vendidos a través de la bolsa por empresas emisoras) y valores de oferta privada (valores que son vendidos directamente al FIC por empresas que no cotizan en bolsa).

El valor que un FIC vende a los inversionistas se denomina “cuota de participación”. Una vez que las cuotas son colocadas entre los inversionistas, el FIC puede iniciar operaciones y financiar a las empresas con el dinero levantado del mercado de valores.

PAGO DE CAPITAL E INTERESES

Las empresas que se financian a través de fondos de inversión cerrados (FICs) emiten valores de oferta privada (bonos y pagarés), los cuales son vendidos directamente a los FICs. Por lo general, el pago de capital e intereses al FIC se devolverá en cuotas periódicas, según las necesidades de la empresa objeto de inversión (empresas en las que el FIC invertirá).

GARANTÍAS/MECANISMOS DE COBERTURA

Los fondos de inversión cerrados (FICs) determinan las garantías o coberturas que las empresas objeto de inversión (empresas en las que el FIC invertirá) deben cumplir. Para esto, cada fondo establece sus políticas de inversión, las cuales se encuentran definidas en los reglamentos internos de cada fondo.

Conoce los reglamentos internos de los diferentes fondos de inversión cerrados vigentes en la BBV ingresando a la sección de Participantes.

CALIFICACIÓN DE RIESGO

Las entidades calificadoras de riesgo son entidades especializadas en otorgar una opinión independiente, objetiva y técnicamente fundamentada respecto a la posibilidad y riesgo relativo de la capacidad e intención de la empresa de cumplir con las obligaciones asumidas en tiempo y forma, es decir, cancelarlos oportunamente en las mismas condiciones pactadas (plazos, tasa de interés, resguardos, etc.).

Para que los fondos de inversión cerrados puedan invertir en una empresa, en algunos casos, y según sus políticas de inversión definidas en sus reglamentos internos, solicitan a las empresas una calificación de riesgo.

BENEFICIOS

  • Los FIC se constituyen en una alternativa para las empresas que no pueden financiarse directamente a través de la emisión de valores de oferta pública y además esta experiencia se transforma en una antesala de preparación para que a futuro puedan ser emisoras en bolsa.
  • Los FIC tienen políticas y reglamentos en los que se definen las características y los requisitos que deben cumplir las empresas en las que invertirán (empresas objetos de inversión). Estos criterios varían de uno a otro y son determinados por las SAFI que los administran, sin embargo, en general, son menos exigentes que los requisitos que tiene que cumplir una empresa que vende sus valores directamente en el mercado de valores.

REQUISITOS

Descarga los requisitos que las Agencias de Bolsa en calidad de Agentes Estructuradores de los FIC deben presentar a la BBV para inscribir Cuotas de Participación de Fondos de Inversión Cerrados.

Requisitos para la inscripción de Cuotas de Fondos de Inversión Cerrados

OBLIGACIONES

Una vez que el FIC ha sido inscrito como emisor en el RMV y tiene Emisiones de Cuotas de Participación vigentes en el mercado, se encuentra obligado a presentar la siguiente información:

  • Información financiera periódica:
    • Valor de Cuota
    • Estados financieros.
    • Estados financieros anuales auditados por una empresa de auditoría externa inscrita en el Registro del Mercado de Valores administrado por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI).
  • Información sobre Hechos Relevantes:
    • Información relevante que pudiere afectar positiva o negativamente su posición jurídica, económica o su posición financiera o la de sus valores inscritos en la BBV.
  • Otras obligaciones
  • Cualquier otra información requerida por la BBV o ASFI.

TARIFARIO

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